El acceso a la información constituye uno de los pilares de la democracia, porque es el requisito indispensable para que la persona pueda participar, a partir de estar informada correctamente sobre los asuntos que afectarán su vida, más tarde o más temprano.
El derecho está consagrado en la Carta Magna de la República y reforzado en tratados internacionales como la Convención por los Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, ratificado por nuestro país.
El artículo 28 de la Constitución Nacional manda: “Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo”. Entonces, está garantizado y el legislador debe regular esto, a fin de que, si no se le proporciona la información que requiere el periodista o cualquier ciudadano, sea sufrible de las sanciones que va a establecer esa misma ley.
En los Estados Unidos se promulgó en 1966 la Ley de la Libertad de Información. Fue la primera legislación en establecer un derecho jurídico de acceso a la información gubernamental subrayando la necesidad crucial, en una democracia, del acceso de los ciudadanos a la información de la Casa Blanca.
A principios de septiembre, en la Argentina, el Senado de la Nación aprobó de manera unánime el proyecto que permite el acceso a la información pública. Establece que “toda persona, física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a requerir, acceder y recibir información pública en forma completa, veraz, adecuada y oportuna”. Agrega que la medida “no podrá sufrir restricciones que le quiten eficacia”.
En estos momentos, alrededor de 90 países cuentan con ley de acceso, y unas 30 han hecho efectivo el derecho a través de decretos u otras normas.
El requisito indispensable para participar y controlar la gestión pública es conocer la información, tener acceso a datos, documentos, planes, proyectos, informes que forman parte de la administración pública.
Para acceder a la información, el sistema jurídico debe contemplar instrumentos, mecanismos y cauces institucionales que posibiliten y promuevan la participación de la sociedad civil.
Cuando la ciudadanía cuenta con reglas claras para solicitar y acceder a las informaciones públicas, adquieren mayor conciencia del alcance de los derechos en general y están en mejor posición para exigirlos.
Los ciudadanos pueden ejerce un mayor control del manejo de la cosa pública, ejercitar el escrutinio documentado de sus autoridades, sentirse más motivados a un activismo cívico, participar monitoreando a las instituciones y ejercitar la libertad de expresión. En consecuencia, también ganan mayor posicionamiento en el debate público.
Con ciudadanos así, las autoridades se sienten vigiladas y obligadas a rendir cuentas de sus actos.
De esta manera, el acceso a la información es el componente del proceso participativo, requisito ineludible y a la vez punto de partida. Asimismo, esa información debe ser digerible para las mayorías, es decir, que sea de fácil acceso, además de utilizar un lenguaje entendible para todos.
El sistema político democrático institucionaliza la oportunidad que tienen los ciudadanos de realizar su libertad. Esta libertad que, desde luego, está inserta dentro del Estado de Derecho.
La democracia es directamente proporcional a la participación, y a su vez, esta participación tiene que ser responsable, acertada, honesta, sincera y veraz.
Ello sólo se logra con un pueblo “informado”, esto es, un pueblo capaz de recibir información, procesarla y responder a los retos de la participación.
Ello sólo se logra con un pueblo “informado”, esto es, un pueblo capaz de recibir información, procesarla y responder a los retos de la participación.
No puede hablarse de participación si se niega u obstaculiza a la ciudadanía el acceso a la información necesaria para incidir en un proceso o controlar la transparencia de la gestión pública.
¿Será este el motivo por el cual la legislación de los Datos Públicos en el Paraguay sigue siendo postergada?
Gracias a los parlamentarios, nuestras autoridades no están legalmente obligadas a poner a disposición de la prensa ninguna información que vaya a perjudicarlas, aunque fuese de sumo interés público.
La ciudadanía seguirá enterándose de las noticias que emiten los departamentos de prensa del Estado. Las que ellos desean mostrar al público. Es decir, quedan muchas otras que nunca llegan a los medios.
La ciudadanía seguirá enterándose de las noticias que emiten los departamentos de prensa del Estado. Las que ellos desean mostrar al público. Es decir, quedan muchas otras que nunca llegan a los medios.
La democratización de la información pública es una batalla muy dura, pero hay que darla. Aunque lo peor posiblemente ya pasó. Pues el país salió de dictaduras y períodos difíciles, ahora debemos concluir el proceso y llegar a una verdadera libertad y disposición de los datos públicos.
Dando pasos hacia la publicación de datos públicos.
Infogob se denomina el semanario de información pública que el Gobierno apresta a lanzar. Será de distribución gratuita y de circulación nacional. También será un espacio para la profundización, análisis e incluso buscará contrastar posturas, planteando opiniones y puntos de vista externos de interés ciudadano.
El primer número llegaría a fines de este mes.
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